“Los
pueblos indígenas del Pastaza, Corrientes, Tigre y Marañón tienen derecho a ser
consultados antes de la licitación y no después de ella, y no sólo a ello sino a participar de todo el
proceso de licitación del Lote 1AB desde su misma preparación”,
fueron las palabras de la Congresista Verónika Mendoza durante la sesión
descentralizada de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos,
Ambiente y Ecología que se llevó a cabo el 09 de noviembre en la ciudad de
Iquitos. Con presencia de numeroso público y en particular de varios apus y
madres de familia Kiwchuas, Achuar y otros, la Congresista Mendoza recordó también, frente a lo afirmado públicamente
por la Directora de PerúPetro en relación a la consulta previa, que éste era un
deber del Estado obligatorio desde 1995, y no desde 2010, en virtud del
Convenio 169 de la OIT que es un tratado de rango constitucional. “Si queremos realmente hacer una consulta de
buena fe como dice el Convenio 169, el
Estado debería comenzar por reconocer sus propios errores en lugar de venir aquí
con versiones que no ayudan a establecer un entendimiento entre pueblos
indígenas y Estado”.
En otro
pasaje de la sesión, coincidiendo con la Congresista Verónika Mendoza en
criticar que el Estado no tenga una posición más humilde ante las comunidades
indígenas, el Congresista Awajún Eduardo Nayap reaccionó a la exposición de la
Directora de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE) del Ministerio de Energía
y Minas Iris Cárdenas sosteniendo que “luego de 40 años de explotación
petrolera y de contaminación ambiental, con tanta pobreza persistente, no
pueden decirnos a los indígenas que nos quedemos tranquilos diciendo que todo
está bien con la normatividad sobre pasivos ambientales” (cabe recordar que la
DGAAE emitió recientemente el oficio Nº 2065-2012-MEM-AAE en el que señala que
la consulta previa sólo es obligatoria desde 2010 y que las comunidades no
debían preocuparse pues la decisión sobre las concesiones petroleras al final
las tomará el propio Estado “respetando la normatividad vigente…”).
En dicha
sesión también se aprobó por unanimidad el dictamen del proyecto de ley sobre
el SENACE y se realizó una audiencia pública en la que el público asistente
formuló sus peticiones y observaciones a la Comisión de Pueblos.
Al día
siguiente, en reunión sostenida con apus de las comunidades de los ríos Pastaza
y Tigre organizada por FECONAT (Federación del Río Tigre), la Congresista
Verónika Mendoza reiteró lo ya manifestado en la sesión de la Comisión de
Pueblos Indígenas, sosteniendo que los representantes indígenas tienen el
derecho a participar de la misma elaboración del “modelo de contrato de explotación
petrolera” del Lote 1AB que forma parte de las Bases de Licitación a fin de que
éste ya contemple los derechos e intereses indígenas. Asimismo, fundamentó que
para que la consulta sea realmente “previa”, debe realizarse antes del
otorgamiento de la “buena pro” y no después como plantea el Reglamento de
Consulta Previa del Poder Ejecutivo, Perúpetro y el Ministerio de Energía y
Minas en la Resolución Ministerial No. 350-2012-MEM/DM, normas que contradicen
tanto el Convenio 169 de la OIT como la Ley de Consulta Previa No.29785
aprobada hace un año.
La
Congresista Mendoza reconoció que ha habido importantes avances durante este
Gobierno con la dación de la Ley y el Reglamento de Consulta Previa a pesar de
sus puntos desfavorables, pero que ahora falta incidir para que el Convenio 169
y esas normas sean aplicadas correctamente. El proceso de consulta previa de
lote 1AB será un proceso difícil y complejo, señaló Congresista, debido a la
necesidad de que el Estado y las comunidades indígenas puedan comprenderse
interculturalmente y estar abiertos a un verdadero diálogo de buena fe.
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