SITUACIÓN DEL SUBGRUPO DE TRABAJO DE MEDIO
AMBIENTE
Y APORTES A LA MATRIZ DEL “PLAN DE INTERVENCIÓN
AMBIENTAL DE CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO EN LA PROVINCIA DE ESPINAR”
Por:
Verónika Mendoza
Congresista
Han
transcurrido 6 meses desde que se instaló, el 21 de junio 2012, la Mesa de
Diálogo y, estando ad portas de concluirse el plazo establecido para la misma (11
de enero del 2013), es importante hacer el balance respectivo para poder cerrar
adecuadamente el proceso, recogiendo los avances y aprendizajes, así como
señalando las dificultades y los temas pendientes. En mi calidad de veedora de
la Mesa de diálogo y para contribuir al balance de ésta alcanzo las siguientes
anotaciones, preocupaciones y sugerencias, centradas principalmente en la tarea
encomendada al subgrupo de medioambiente y la “Matriz” del “Plan de
intervención ambiental de corto, mediano y largo plazo en la provincia de
Espinar”.
I. CONSTITUCIÓN DE LA
MESA DE DIÁLOGO: OBJETIVO, ORGANIZACIÓN Y COMPROMISOS
Cabe
recordar que la Mesa de diálogo se instaló tras el estallido de un grave
conflicto que se origina en la preocupación por los impactos ambientales y
sociales de la actividad minera de parte de la población de Espinar, con
lamentables consecuencias que incluyeron la pérdida de vidas humanas, y en
medio de un Estado de emergencia y con las cuentas de la Municipalidad provincial
de Espinar bloqueadas. A pesar de esta situación, la Mesa de diálogo se ha
venido desarrollando, más allá de algunas desavenencias, con buena disposición de parte de los
diversos actores involucrados.
En
este contexto, la “Mesa de Diálogo para solucionar la problemática
socio-ambiental existente en la Provincia de Espinar” se creó con el objetivo
de “promover el proceso de diálogo entre los diversos agentes de los sectores
público y privado sobre la problemática socio-ambiental de la Provincia de
Espinar y analizar las alternativas viables de
solución a la misma”. Se conformaron
tres grupos de trabajo: Medio Ambiente (presidido por el MINAM),
Responsabilidad social (presidido por el MINEM), y desarrollo y producción
(presidido por el Gobierno Regional de Cusco). Sin embargo, dada la naturaleza
del conflicto que dio origen a la Mesa de diálogo, el grupo de trabajo sobre la
problemática ambiental tiene un lugar fundamental y sus resultados son
decisivos en este proceso. Por esta misma razón el Gobierno central alcanzó como
herramienta central una propuesta de “Plan Integrado de Intervención
Sanitaria y Ambiental en la Provincia de Espinar” que permitiera evaluar el
nivel de contaminación ambiental en las zonas aledañas al proyecto minero
Xstrata Tintaya y establecer la fuente de la contaminación para determinar responsabilidades,
adoptar medidas de mitigación y/o restauración ambiental, e indemnización o
compensación. Para tal efecto se encargó a diversas entidades del Estado (OEFA,
DIGESA, ANA-ALA, e INGEMMET) que recogieran muestras e hicieran mediciones en
aire, agua y suelo, para que luego el MINAM realizara un análisis integral de
los datos recogidos.
Por
las razones expuestas, desde mi despacho nos hemos concentrado en las reuniones
globales de la Mesa de Diálogo y sobre todo en el Subgrupo de Medio Ambiente,
en la perspectiva de garantizar que se institucionalice un trabajo articulado
intergubernamental e interinstitucional permanente para asegurar el desarrollo
sostenible y armonioso de una provincia en la que la actividad minera va a
tener una presencia cada vez más preponderante.
II. SITUACIÓN EN EL GRUPO
DE TRABAJO DE MEDIO AMBIENTE
El
Grupo ha asumido las tareas de llevar adelante un Plan de Monitoreo Ambiental
en el ámbito de influencia de las operaciones de la empresa Xstrata Tintaya, y
la elaboración y aprobación de un Plan de Intervención Ambiental de corto,
mediano, y largo plazo en la Provincia de Espinar.
II.1 SOBRE
LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL
La
implementación del Plan de Monitoreo Ambiental Participativo fue presentado
como un conjunto de mediciones de calidad de agua, aire, suelos y sedimentos, a
ser realizado por OEFA, ANA, DIGESA e INGEMMET, mediciones que mediante un
análisis integrado realizado por el MINAM permitiría determinar si la
contaminación identificada por el estudio del CENSOPAS de octubre 2010 y el
propio monitoreo ambiental tiene una causa natural o corresponde a los impactos
de la actividad minera o, si fuera el caso, el nivel de contaminación derivada
de cada una de estas fuentes, natural y antropogénica.
Antes
de iniciarse el monitoreo se realizó una capacitación del 10 al 12 de
setiembre. Se advirtió que a pesar de la ampliación del plazo inicial previsto
para la capacitación, la percepción de la población y los principales actores
de la Mesa de diálogo es que ésta fue insuficiente. Consideramos que además del
proceso de capacitación en sí mismo debió haberse hecho una campaña más amplia
y consistente de sensibilización para que todos los actores de la provincia
tuvieran claridad sobre las implicancias del monitoreo.
Iniciado
el monitoreo formalmente el 13 de setiembre del 2012, éste se truncó en octubre
por la negativa de sectores de Paccpaco y Cañipia (según consta en el acta del
16 de octubre), sin llegar a completarse todo lo previsto, concluyéndose en
noviembre antes de la época de lluvias que podría implicar condiciones de mayor
dilución de sustancias en el agua. Por esta razón, al parecer, se decidió “dar
por culminado el monitoreo y proceder a revisar los resultados obtenidos y
elaborar el informe consolidado de los mismos, el que será elevado a la
Secretaría Técnica de la Mesa de Diálogo”, según el segundo acuerdo del acta
del 23 de noviembre del 2012.
Sin
embargo, no se dejó constancia en el acta de las implicancias de cerrar este monitoreo
aun estando inconcluso, lo cual
resulta preocupante dado que entre las mediciones faltantes se encuentran las
del Ingemmet, como el estudio hidrogeológico que se señala ha sido concluido en
un 95 %. Según versiones de especialistas del propio INGEMMET y del MINAM, el
estudio hidrogeológico resulta fundamental para determinar la fuente de la
contaminación, pudiendo resultar definitorios algunos puntos de muestreo de
ubicación estratégica. Tampoco se ha establecido la necesidad de completar el
monitoreo en otras fechas (en período de estiaje), más aún cuando los puntos de
monitoreo que no han sido muestreados estarían vinculados directamente con los
efluentes de las relaveras y otros puntos de emisión de efluentes de las
operaciones del proyecto minero. ¿Son
estas mediciones faltantes determinantes para definir si hay una relación
causa-efecto entre la contaminación en las comunidades campesinas y la
actividad minera? ¿Es suficiente el estudio hidrogeológico para determinar esta
relación causa-efecto? ¿No hace falta una evaluación ambiental de las
operaciones de la empresa para completar el monitoreo? Estas preguntas deben
ser respondidas con absoluta claridad para garantizar que los resultados de
este monitoreo sean absolutamente transparentes y tengan toda la legitimidad
necesaria.
Por
otra parte, el CENSOPAS tenía previsto realizar los días 21 y 22 de diciembre
del 2012 un estudio de exposición a metales pesados en las comunidades
campesinas de Alto Huancané (200 personas), Huisa Collana (300 personas) y
Huisa (100 personas). Sin embargo, los representantes de esta entidad habían
señalado que no se podía hacer el estudio mientras no se tuvieran los resultados
del monitoreo para poder focalizar adecuadamente la toma de muestras. ¿Con qué base se ha decidido hacer el nuevo
estudio en estas zonas? ¿Únicamente se toma como referencia el estudio del
CENSOPAS del 2010?
En
conclusión, creemos que quedan pendientes los siguientes puntos:
●
La conclusión del monitoreo al 100%.
● Debe explicarse con total
transparencia cuál será la metodología que empleará el MINAM para el análisis
integrado de los resultados de todas las entidades participantes del monitoreo.
●
El equipo correspondiente del Ejecutivo
liderado por el MINAM debe precisar en la Mesa de Diálogo qué análisis son
necesarios para determinar la o las fuentes de contaminación identificada en el
estudio del CENSOPAS del 2010 y la que se identifique en el presente monitoreo
ambiental.
●
El CENSOPAS debe disponer de información complementaria que le permita
sustentar sólidamente la significancia de la muestra tomada en diferentes
comunidades campesinas
.
II.2 SOBRE LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN
DE INTERVENCIÓN AMBIENTAL DE CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO EN LA PROVINCIA DE
ESPINAR
En
la reunión del Subgrupo Medio Ambiente del 24 de agosto del 2012 se constituyó
el grupo específico para proponer medidas de mediano y largo plazo con
compromisos a nivel local, regional y nacional. La empresa Xstrata Tintaya
estuvo participando de las primeras reuniones pero finalmente el subgrupo quedó
integrado únicamente por los representantes de los tres niveles de gobierno y
la sociedad civil de Espinar puesto que además de canalizar demandas que tienen
que ver con la evaluación y fiscalización de la actividad minera, se trataba de
políticas públicas ambientales de alcance general y no referidas a una única
empresa minera.
El
alcance de este subgrupo específico se amplió para incorporar también medidas
de corto plazo recogiendo las demandas de la sociedad civil y la autoridad
municipal.
OBSERVACIONES A LA PROPUESTA REMITIDA
CON EL ACTA DEL 12 DE DICIEMBRE 2012
La propuesta
del Plan de Intervención (bajo la forma de una matriz) remitida con el acta del
12 de diciembre del 2012 es una mirada hacia adelante para darle continuidad al
monitoreo ambiental iniciado. Sin embargo, las principales preocupaciones y
pedidos que hemos venido escuchando de parte de la MPE y la sociedad civil no
se traducen con claridad en compromisos concretos de corto plazo que puedan
resolver problemas que la actual normativa y política ambiental no ha logrado
atender adecuadamente hasta hoy.
1.
En cuanto al
lineamiento 1, componente 2 de la matriz:
Ha sido parte del diagnóstico la débil institucionalidad ambiental de las
municipalidades provinciales, distritales y de las comunidades campesinas. Sin
embargo, no se considera en la matriz y
en el corto plazo la formulación de un programa de formación de capacidades locales
en gestión ambiental. Tampoco se establecen mecanismos específicos de participación tanto para los
representantes de las comunidades campesinas como para las organizaciones
sociales así como para el propio personal de las municipalidades. Esta tarea
debiera coordinarse entre los tres niveles de gobierno y presupuestarse
adecuadamente.
Dentro del
componente “Fortalecimiento de los Instrumentos de gestión ambiental …” se
establece como una medida para el mediano plazo 2014-2016 “formular la política
ambiental, el sistema local de gestión ambiental (…)”, sin embargo, la
implementación de dicha política ambiental está considerada como una medida de
corto plazo (2013) en el componente 4 del mismo lineamiento, lo cual resulta
incongruente. Lo cierto es que primero hay que formular la política ambiental
en el corto plazo.
2. En
cuanto al lineamiento 1, componente 3 de la matriz:
El fortalecimiento de la gestión ambiental local no pasa solamente por aprobar
el referido “Plan de intervención ambiental de corto, mediano y largo plazo”
involucrando a los tres niveles de gobierno y definiendo un presupuesto para el
mismo. Este Plan tiene que darse en el marco de una política ambiental y
territorial con objetivos y prioridades bien definidas, y en concordancia con
el plan de desarrollo provincial, y dando respuesta concreta a los problemas y
preocupaciones generados por los impactos de la actividad minera.
Debe definirse dentro del Plan cuál
será la instancia de gestión que permitirá su implementación y seguimiento.
Esta instancia debería formalizarse antes de que concluya la vigencia de la
Mesa de diálogo.
3.
En el lineamiento 1,
componente 4 sobre “Generación e Implementación de Políticas, Instrumentos y
Normas , Auditorías, Fiscalizaciones, Supervisión, Monitoreo y vigilancia
Ambiental Participativa (…)”, se ha señalado que
las demandas de supervisiones e información se van a “canalizar a través de la
instancia de gestión del Plan y de las instancias competentes (…)”. Deberían
plantearse medidas más concretas que permitan atender realmente estos
requerimientos, como por ejemplo:
- OEFA debe
realizar una supervisión ambiental al cierre de las operaciones de proyecto
Tintaya, considerando que está por paralizarse definitivamente en marzo 2013 al
culminar el cierre de dicho proyecto (Corto Plazo).
- OEFA debe
realizar una supervisión ambiental a las operaciones del proyecto Antapaccay,
al haberse iniciado las mismas en agosto 2012 y en la medida que en noviembre ya
se encuentra procesando las dos terceras partes de su nivel máximo de 70 mil TM
por día (nivel que alcanzará en junio del 2013 y que es 5 veces el promedio que
tenía la planta concentradora de Tintaya en los últimos 10 años). Esta
supervisión debe conducir a la actualización de los datos de la línea base
ambiental del proyecto Antapaccay cuyo EIA tiene tres años de presentado (11 de
diciembre 2009) y dos años y medio de aprobado (06 de julio 2010, mediante RD
225-2010-MEM/AAM). (Corto Plazo)
4.
En lineamiento 2,
componente 2 sobre “Ordenamiento Territorial”:
Debería considerarse el proceso de zonificación económica ecológica que está
realizando el Gobierno regional y la necesidad de que se compatibilice con la
que se realizará en la provincia, así como con el Plan de desarrollo local.
SOBRE EL PLAN DE INTERVENCIÓN
AMBIENTAL EN GENERAL
● En
conclusión, las respuestas que da el plan (matriz) deben encaminar en el corto
plazo soluciones a las principales demandas ambientales para evitar conflictos
futuros. Estas medidas y las instancias que las implementarán deben definirse y
formalizarse antes de que concluya el plazo de la Mesa de diálogo.
● El plan de intervención ambiental expresado en
la matriz debe definir las acciones de corto, mediano y largo plazo, los
compromisos específicos de la Municipalidad Provincial, el Gobierno Regional y
el Gobierno Nacional así como los niveles de articulación entre éstos. Se deben
definir también los mecanismos de participación de los representantes de las
organizaciones sociales que forman parte de los procesos de diálogo. La
aprobación del Plan por la Presidencia de la Mesa de diálogo (Ministro del
Ambiente, Presidente del Gobierno Regional Cusco, y Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Espinar) debe ser refrendada por una norma
legal.
● En dicha norma legal debe establecerse que la Presidencia
de la Mesa de diálogo permanece como instancia de articulación de los niveles
provincial, regional y nacional para el seguimiento del plan de corto, mediano
y largo plazo.
II.3
PROPUESTAS DE NORMAS LEGISLATIVAS
El
despacho parlamentario se propone elaborar participativamente las siguientes
iniciativas legislativas:
·Otorgar
a los gobiernos regionales y provinciales la competencia de emitir opinión
técnica previa para la aprobación de los EIA semidetallados y detallados.
·Institucionalizar
el monitoreo ambiental participativo garantizando mecanismos de participación
efectiva y establecer que los informes de los monitores ambientales de las
comunidades campesinas y organizaciones vecinales sean reconocidos como parte
del sistema de alerta temprana y vigilancia ambiental.
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