Congresista
Verónika Mendoza presenta proyecto de Reglamento de Consulta Previa a los
Pueblos Indígenas sobre Medidas Legislativas que les afecten
La
Congresista cusqueña Verónika Mendoza Frisch presentó el pasado lunes 28 de
mayo la iniciativa legislativa No.1183-2011-CR
por el cual se propone un proyecto de reglamento de consulta previa para que las
leyes que afecten a los pueblos indígenas les sean consultadas
previamente, en cumplimiento del Convenio 169 de la OIT y de la Declaración de
Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas.
Cabe
indicar que el Convenio 169 no solamente obliga a que el Estado consulte
medidas administrativas que
sean adoptadas por el Poder Ejecutivo (por ejemplo concesiones extractivas,
EIAs, licencias de explotación, etc.), sino también las “medidas legislativas” que adopte el Congreso
de la República, para lo cual se ha presentado el mencionado proyecto.
La
Congresista Mendoza, que en reiteradas ocasiones expresó sus críticas al
Reglamento de Consulta Previa aprobado por el Poder Ejecutivo el pasado mes de
abril,
ha manifestado también reiteradamente su voluntad de proponer la modificación
de la Ley de Consulta Previa aprobada por unanimidad en el Congreso de la
República (Ley 29785) a fin de perfeccionarla para que se ajuste mejor a los
estándares del Convenio 169 de la OIT, tal como lo han demandado diversas bases
indígena.
En
ese sentido, su proyecto de
reglamento de consulta previa sobre medidas legislativas se basa en los aspectos no controvertidos de la
Ley de Consulta Previa y desarrolla los derechos de participación, de consulta
y de consentimiento sobre leyes que afecten a los pueblos indígenas. Asimismo,
su proyecto busca establecer un marco normativo en base al cual puedan
consultarse los actuales y los futuros proyectos de ley que tengan relación con
los derechos y asuntos de dichos pueblos.
La
Congresista cusqueña propone que para que sea consultada una eventual modificación
de la Ley de Consulta Previa, es deseable contar previamente con un reglamento
de consulta para tramitar dicho tipo de leyes, y que aún su propio proyecto de
ley debería ser objeto de debate, participación y de consulta con los pueblos
indígenas y sus organizaciones locales, regionales y nacionales.
De
manera destacada, el proyecto propone que las leyes aprobadas desde 1995 sin
consulta previa, sean sometidas a un procedimiento ad-hoc de revisión para adecuarlas –vía consulta a los pueblos
interesados- al cumplimiento del Convenio 169 de la OIT.
Antes
de su presentación parlamentaria, el mencionado proyecto fue entregado y
expuesto ante las organizaciones indígenas del Pacto de Unidad en diferentes
reuniones sostenidas con sus asesores y dirigentes a fin de que sus
observaciones y aportes puedan ser recogidos en el proyecto de ley.
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