sábado, 24 de agosto de 2013

LA CONSULTA PREVIA SIGUE SIENDO UNA DEUDA PENDIENTE

Según Informe Final de la Comisión de Pueblos del Congreso presentado...



Por Unanimidad fue aprobado el Informe Final del Grupo de Trabajo de Seguimiento a la Implementación de la Ley de Consulta Previa en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, y Ecología del Congreso de la República en sesión extraordinaria de fecha 04 de julio realizada en la Sala Francisco Bolognesi.

Dicho Grupo de Trabajo, que fuera coordinado por la Congresista Verónika Mendoza Frisch e integrado por las Congresistas María Soledad Pérez Tello, Claudia Coari y Eduardo Nayap, realizó nueve sesiones a fin de recibir las impresiones, observaciones, informes y recomendaciones de los actores invitados, con la finalidad de obtener un estado de la cuestión de la implementación de la Ley de Consulta Previa No.29785 como importante herramienta de diálogo social intercultural y de garantía de respeto a la libre determinación de los pueblos indígenas u originarios.

El Informe Final abarca el estudio de la implementación de la consulta previa en el Poder Ejecutivo, en los Gobiernos Regionales y en el Poder Legislativo y presenta conclusiones y recomendaciones dirigidas a diferentes entidades públicas a fin de mejorar la implementación de la consulta previa.

Entre sus principales observaciones, conclusiones y recomendaciones, se señala que los Poderes Ejecutivo y Legislativo así como la práctica totalidad de Gobiernos Regionales no han cumplido en absoluto con implementar en normas y en políticas públicas su deber de consulta previa a los pueblos indígenas, hecha la salvedad de algunos sectores del Poder Ejecutivo (Ambiente, Salud) y de un par de Gobiernos Regionales (Amazonas, San Martín) que han dado algunos pasos -sin embargo aún insuficientes-. En cuanto al Viceministerio de Interculturalidad (VMI), si bien se felicita sus importantes avances - al igual que la sustancial contribución del INDEPA- al aprobar diversos instrumentos y procedimientos para la consulta, se le objeta haberlo hecho de espaldas a la participación indígena y contrariando ciertos estándares internacionales.

Un capítulo especial dedicado al Sector Energía y Minas encuentra que las diversas líneas argumentativas del sector han coincidido a lo largo del anterior régimen y del actual en rehusarse a acatar no sólo el Convenio 169 sino también la misma Ley de Consulta Previa. Así por ejemplo, por un lado se justificaba la no realización de la consulta previa por falta de un reglamento específico pero una vez aprobado éste, el MEM ahora señala que no se puede consultar en el caso Cañaris por falta de publicación de la base de datos.

En cuanto al Poder Legislativo, el Grupo de Trabajo constata y lamenta la total ausencia de aplicación de la Ley de Consulta Previa en la aprobación de normas que pudieran afectar a los pueblos indígenas.

Al respecto, la Congresista Mendoza señaló que “hasta el momento los Poderes Legislativo y Ejecutivo así como los diferentes niveles de Gobierno, no han implementado debidamente la Ley de Consulta Previa ni mucho menos el Convenio 169 de la OIT, lo cual se evidencia en la falta de adecuación de sus normas internas así como en la ausencia total de procesos de consulta previa realizados (con excepción de la consulta del ACR Maijuna). Lamentablemente la aplicación de la Ley de Consulta Previa sigue siendo una promesa incumplida en este periodo de gobierno”.

El informe, que también tiene pasajes relativos a los casos del Lote 192, Cañaris y Conga, asimismo efectúa diversas recomendaciones jurídicas y políticas dirigidas a los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Gobiernos Regionales y a la Defensoría del Pueblo.







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